AFAPNA

ACREDITACIÓN REQUISITOS PARA LA INTEGRACIÓN EN LA LISTA GENERAL (ANEXO 10)

Desde el sindicato AFAPNA, os informamos sobre lo publicado hoy, 18 de junio del 2026, en el BON:

RESOLUCIÓN 288/2026, de 11 de junio, de la directora del Servicio de Gestión de Personal Temporal, por la que se regula el procedimiento de acreditación de los requisitos exigidos para la integración en la lista general del personal docente incluido en las listas de contratación derivadas del artículo 10 de la Orden Foral 37/2020, de 8 de abril.

El personal docente que haya obtenido un contrato a través de las listas de contrataciones singulares (Artículo 10 de la Orden Foral 37/2020) debe acreditar obligatoriamente su titulación para incorporarse a las listas generales de aspirantes del Departamento de Educación de Navarra.

Como nota informativa desde el sindicato os recordamos  que aquellas personas que quieran formar parte de la lista general deberán presentar su solicitud acompañada de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos para la especialidad, idioma y, en su caso, perfil correspondiente.

Dichos requisitos se presentarán junto a la solicitud de forma telemática, a través de la ficha web que estará publicada permanentemente.

En el caso de sí cumplir con todos los requisitos, las personas que hayan sido contratadas al amparo de dicho artículo y se hayan incorporado a las listas específicas del correspondiente cuerpo, especialidad, idioma y, en su caso perfil, el Departamento de Educación procederá de oficio a su integración en la lista general por orden de llegada.

· Derechos y beneficios de las personas incluidas en estas listas derivadas del artículo 10:

ATP Masiva: La participación en la Adjudicación Telemática de Plazas (ATP) es totalmente voluntaria.

Cobro del verano: Tienes derecho a cobrar los meses de verano si cumples los requisitos de tiempo trabajado.

Toda la información  en el enlace al BON.

De interés general