Hoy viernes, 6 de noviembre de 2025, AFAPNA ha acudido a una Mesa Sectorial de Educación con el siguiente orden del día:
1. Borrador de la Resolución del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se aprueban los procedimientos selectivos de ingreso y de acceso al cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de ingreso a los cuerpos de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
El Departamento de Educación informa de que respecto al Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño se va a introducir una modificación en la convocatoria en virtud del Real Decreto 286/2023 de 18 de abril que modifica el Real Decreto 363/2004 de 5 de marzo, de modo que en el apartado 2.4 de la convocatoria establecerá como requisito de participación en dicha convocatoria que en el caso de las titulaciones equivalentes se exigirán 2 años de experiencia profesional que se acreditarán mediante un certificado que justifique su experiencia laboral.
El Departamento de Educación aclara que por normativa vigente solamente se contempla la reserva por acceso en el caso de Educación Secundaria y profesorado de Artes Plásticas y Diseño.
Se ha informado de que la composición de los tribunales estará formada por funcionarios de la Comunidad Foral y en su caso de otras CCAA.
El Departamento de Educación ha realizado la siguiente aclaración respecto al Máster de Profesorado en Secundaria, dicho Máster no sirve como requisito de titulación para presentarse a la OPE del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas; así mismo, ha informado de que aquellos docentes que actualmente se encuentran cursando alguno de los requisitos de titulación exigidos para presentarse a la OPE podrán entregar en la instancia de solicitud un justificante expedido por la universidad de que se encuentran cursando las titulaciones requeridas y posteriormente deberán acreditar la obtención de las titulaciones en el plazo que se establezca. Por otro lado, quienes sí dispongan de las titulaciones podrán adjuntarlas en la instancia de solicitud.
Para finalizar, han aclarado que la parte 3 del baremo es el único cuyo contenido puede modificar la Comunidad Foral de Navarra y por ello se han añadido méritos en relación con las enseñanzas artísticas. La previsión es que la convocatoria oficial se publique la primera quincena del mes de diciembre.
AFAPNA ha reiterado su oposición a la convocatoria de esta OPE hasta la implantación de la nueva ley de Enseñanzas Artísticas y la resolución de los procesos de fijeza.
– CONVOCATORIA.
– ANEXO I. Baremo ingreso.
– ANEXO II. Baremo acceso.
– ANEXO III. Titulaciones equivalentes.
– ANEXO IV. Temarios.
– ANEXO V. Criterios de valoración de las pruebas.
– ANEXO VI. Especificaciones de la parte de la primera prueba.
– ANEXO VII. Especificaciones de la parte de la segunda prueba: programación y UD.
2. RUEGOS Y PREGUNTAS:
Sobre el tema del Informe de Prevención de Riesgos Laborales del Conservatorio Superior de Música, el sindicato AFAPNA expone que ha enviado a todas las entidades educativas correspondientes un correo solicitando las aclaraciones pertinentes.
Respecto del CPEIP Hilarión Eslava el sindicato AFAPNA reitera que la Mesa General exigió que se solucione el tema de la limpieza y de las sustituciones con el personal adecuado.


