AFAPNA

Ayuntamiento de Tudela.Convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, del puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio de Actas y Notificación

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BOLETÍN Nº 215 – 13 de septiembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, del puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio de Actas y Notificación

 

El director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 17 de agosto de 2021, acordó aprobar la siguiente convocatoria:

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

Se anuncia convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, del puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio de Actas y Notificación del Ayuntamiento de Pamplona.

2.–Normativa aplicable.

La resolución del concurso de méritos se efectuará conforme a lo dispuesto en la Sección 3.ª del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, en el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22 de noviembre de 2005, por el que se establecen los baremos de méritos, en las bases de esta convocatoria y demás normas que resulten de aplicación.

3.–Características del puesto de trabajo.

Las funciones a desempeñar por la persona titular del puesto de trabajo serán las determinadas en cada caso por las disposiciones en las que se crea o regula la misma y/o las que en cada momento se determinen por los órganos competentes.

La persona funcionaria que acceda al puesto de trabajo convocado percibirá las retribuciones que le correspondan según la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento y demás disposiciones vigentes al puesto de trabajo 306800 – 1, Jefe/a de Servicio Actas y Notificación.

4.–Condiciones de desempeño del puesto de trabajo obtenidos por concurso de méritos.

El período de desempeño del puesto de trabajo obtenido por concurso de méritos podrá alcanzar hasta los seis años naturales. Finalizado dicho período, y sin necesidad de nombramiento expreso, la persona que resulte nombrada, continuará desempeñando de forma interina dicho puesto de trabajo hasta que sea provisto mediante nuevo concurso de méritos, sin perjuicio de la facultad conferida al titular del área para proponer su cese y, en su caso, nombramiento interino de otra persona funcionaria.

La persona que obtenga la titularidad de un puesto de trabajo por concurso de méritos no podrá presentarse a ningún otro concurso de méritos para proveer otra jefatura distinta hasta haber agotado el período de tres años naturales.

Esta limitación se aplicará, asimismo, en el caso de que dicha persona hubiera renunciado a una jefatura antes de finalizar el plazo para el que fue nombrado.

De interés general