Desde el sindicato os informamos de la Orden Foral 54/2020, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se suspende la actividad presencial en los centros de trabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19). En el apartado 2.7 se declara como servicio esencial al personal de centros docentes no universitarios para garantizar la atención a distancia del alumnado. En este caso, puntualiza la localización de la atención del alumnado desde el domicilio del profesorado o en los propios centros, con el fin, fundamentalmente, de asegurar la prestación del servicio de atención docente no presencial al alumnado que más dificultades de acceso a los recursos tecnológicos. 7. Personal de centros docentes no universitarios a los efectos de garantizar la atención a distancia del alumnado. Accede a la Orden Foral 54/2020, aquí. |
AFAPNA INICIA UNA CAMPAÑA DE ADHESIONES Y FIRMAS PARA LA CARRERA PROFESIONAL DOCENTE VOLUNTARIA
Estimada afiliación: Desde el sindicato os informamos de la nota de prensa publicada hoy miércoles, 03 de julio de 2024, por Europa Press, sobre la adhesión y recogida de firmas de AFAPNA para la Carrera Profesional Voluntaria Docente: AFAPNA recaba 40 adhesiones de...