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Desde el sindicato os informamos de la Orden Foral 54/2020, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se suspende la actividad presencial en los centros de trabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19). En el apartado 2.7 se declara como servicio esencial al personal de centros docentes no universitarios para garantizar la atención a distancia del alumnado. En este caso, puntualiza la localización de la atención del alumnado desde el domicilio del profesorado o en los propios centros, con el fin, fundamentalmente, de asegurar la prestación del servicio de atención docente no presencial al alumnado que más dificultades de acceso a los recursos tecnológicos. 7. Personal de centros docentes no universitarios a los efectos de garantizar la atención a distancia del alumnado. Accede a la Orden Foral 54/2020, aquí. |
El Supremo avala la consolidación de trienios para personal funcionarizado y refrenda la tesis de AFAPNA
Buenos días: Desde el sindicato AFAPNA, os acercamos la nota de prensa publicada hoy miércoles, 16 de septiembre de 2026, por Diario de Navarra, sobre la sentencia del Tribunal Supremo que refrenda la tesis de AFAPNA sobre los trienios para el personal funcionarizado:...


