Desde el sindicato os informamos de la Orden Foral 54/2020, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se suspende la actividad presencial en los centros de trabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19). En el apartado 2.7 se declara como servicio esencial al personal de centros docentes no universitarios para garantizar la atención a distancia del alumnado. En este caso, puntualiza la localización de la atención del alumnado desde el domicilio del profesorado o en los propios centros, con el fin, fundamentalmente, de asegurar la prestación del servicio de atención docente no presencial al alumnado que más dificultades de acceso a los recursos tecnológicos. 7. Personal de centros docentes no universitarios a los efectos de garantizar la atención a distancia del alumnado. Accede a la Orden Foral 54/2020, aquí. |
AFAPNA exige que se resuelvan inmediatamente las deficiencias del colegio Hilarión Eslava
Estimada afiliación: Desde el sindicato os acercamos la nota de prensa publicada por el Diario de Navarra, el pasado viernes 26 de septiembre de 2025, sobre la situación tan perjudicial que se está viviendo en CPEIP Hilarión Eslava: El sindicato AFAPNA ha exigido al...