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Desde el sindicato os informamos de la Orden Foral 54/2020, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se suspende la actividad presencial en los centros de trabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19). En el apartado 2.7 se declara como servicio esencial al personal de centros docentes no universitarios para garantizar la atención a distancia del alumnado. En este caso, puntualiza la localización de la atención del alumnado desde el domicilio del profesorado o en los propios centros, con el fin, fundamentalmente, de asegurar la prestación del servicio de atención docente no presencial al alumnado que más dificultades de acceso a los recursos tecnológicos. 7. Personal de centros docentes no universitarios a los efectos de garantizar la atención a distancia del alumnado. Accede a la Orden Foral 54/2020, aquí. |
Corte de Yolanda Erro en COPE sobre la sentencia histórica para la reversión de la pérdida de poder adquisitivo
Desde el sindicato os acercamos el corte de la COPE que tuvo lugar ayer 28 de octubre de 2025, sobre la sentencia histórica de AFAPNA sobre la reversión del poder adquisitivo para el personal de la Administración Pública: AFAPNA lo tenía claro. No se estaba...


