El silencio administrativo, la falta de respuesta, va a permitir que a unas 180 madres y un puñado de padres que habían recurrido al Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra se les devuelvan las retenciones del IRPF practicadas en sus prestaciones de maternidad y paternidad entre los años 2014 y 2018.
Así se lo está comunicando Hacienda Navarra a este grupo de contribuyentes que presentaron sus reclamaciones de forma individual ante el Tribunal Económico Administrativo (órgano dependiente de la Administración foral) de la mano del sindicato AFAPNA, desde el que se informó ayer de la situación.
En total, se calcula que hubo unas 26.000 familias afectadas en Navarra por la decisión de que no quedaran exentas las prestaciones por maternidad y paternidad del impuesto IRPF, como sí ocurría en el régimen común tras una sentencia del Tribunal Supremo.
El denominado Grupo Independiente de Madres Navarras y la Asociación Navarra de Familias Numerosas iniciaron numerosas medidas para lograr que las familias que tuvieron hijos entre 2014 y 2018 para reclamar el dinero retenido por Hacienda. Sin embargo, la vía judicial ordinaria acabó desestimando esta pretensión a través de una sentencia del Contencioso-administrativo.
Sin embargo, muchos afectados habían iniciado otra vía de reclamación a través del Tribunal Económico Administrativo de Navarra. En concreto, más de 200 afectados lo hicieron de modo individual a través del sindicato AFAPNA. La sorpresa vino cuando hace un año descubrieron que a la mayoría de ellos el Tribunal no les había contestado en el plazo que marca la legislación. Un año después, según informa AFAPNA, Hacienda ha asumido las consecuencias de ese silencio administrativo y ha comenzado a enviar cartas a los afectados notificándoles que se les va a practicar la devolución de los importes retenidos. Se trata de cantidades que pueden rondar los dos mil euros de media.
AFAPNA instó ayer al Gobierno a que tome cartas en el asunto y busque una solución inmediata para el resto de familias que se encuentran en esta misma situación. “No podemos permitirnos que la ciudadanía de la Comunidad foral se encuentre a la cola en cuanto a condiciones y derechos”, asegura.
1 Silencio Administrativo. El silencio administrativo es el efecto que produce la falta de resolución expresa en los actos administrativos. La ley establece la obligación de resolver para las Administraciones Públicas y, en caso de que no se haga, se le otorgan unos efectos a esa falta de pronunciamiento por parte de la Administración para que el ciudadano no quede indefenso ante la no actuación del órgano que debe resolver.
2 No abre la vía. El error administrativo con estos casos no abre la puerta a que se devuelvan los importes al resto de los afectados .
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