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Ayuntamiento de Barañain. Convocatoria para la provisión, mediante el sistema de oposición, de 6 plazas, ampliables, de Agente de policía con destino al cuerpo de Policía Municipal

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Por Resolución de alcaldía número 709/2021 de 22 de junio de 2021, del Ayuntamiento de Barañáin se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 6 plazas, ampliables, de policía municipal de Barañáin.

Lo que se publica a los efectos oportunos.

Barañáin, 22 de junio de 2021.–La alcaldesa-presidenta, María Lecumberri Bonilla.

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el procedimiento de oposición, de las siguientes seis plazas de policía municipal con destino al Ayuntamiento de Barañáin identificadas en la plantilla orgánica como 4.13, 4.17, 4.34, 4.35, 4.36 y 4.37.

Las seis plazas señaladas se distribuyen en los siguientes turnos, de conformidad a lo establecido en el artículo 15.3 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra:

a) 3 Plazas de turno libre:

4.13, 4.17, 4.34.

b) 3 Plazas de turno de promoción:

4.35, 4.36, 4.37.

1.2. Si alguna de las plazas del turno de promoción quedase desierta se acumulará a las del turno libre.

De la misma forma, si en el turno de promoción obtienen el aprobado más aspirantes que el número de vacantes, las personas aprobadas sin plaza de este turno optarán a las vacantes de turno libre en estricta concurrencia con quienes aspiran al mismo, de acuerdo con la puntuación total obtenida sumando las puntuaciones de la prueba de conocimientos, las pruebas físicas y las pruebas psicotécnicas.

1.3. Las plazas objeto de la convocatoria podrán ser ampliadas durante el proceso selectivo y con anterioridad al acceso de los aspirantes al curso de formación básica prevista en la presente convocatoria. En las ampliaciones será de aplicación respecto a la asignación de las mismas al turno libre o al de promoción, lo dispuesto en el artículo 15.3 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.4. Las personas aspirantes que resulten nombradas ejercerán las funciones propias de agente de policía, establecidas en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra y quedarán encuadradas en el nivel C de los establecidos en dicha Ley Foral.

2.–Normativa aplicable.

El presente procedimiento se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, en el Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra, en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y demás normas de aplicación, y en las bases de la presente convocatoria.

3.–Requisitos de los y las aspirantes.

3.1. Al turno libre.

Para ser admitidos/as a la presente oposición por el turno libre, los y las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener al menos 18 años de edad y no haber superado la edad de jubilación de conformidad a la legislación vigente.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o título declarado equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las funciones inherentes al puesto de trabajo objeto de convocatoria y no estar incurso/a en causa de exclusión médica comprendida en el Anexo III de la convocatoria.

e) No haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado del servicio de una Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

f) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de las clases A2 y B, como mínimo.

g) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración responsable de la persona solicitante.

h) De acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, es requisito para el desempeño de puestos de trabajo que impliquen el contacto habitual con menores, el no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como la trata de seres humanos.

3.2. Al turno de promoción.

Los y las aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos exigidos para los y las aspirantes por el turno libre, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción el personal funcionario del Parlamento de Navarra que cumpla el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

b) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

c) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las plazas vacantes convocadas.

3.3. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza, exceptuándose de lo anterior el señalado en la base 3.1.f), que bastará cumplirlo inicialmente el día en que se haga pública la relación provisional de aspirantes admitidos al curso de formación básica al que se refiere el apartado 7.6 de la convocatoria, y el señalado en la base 3.1.b), que será suficiente cumplirlo antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

4.–Instancias.

4.1. Plazo y lugar para la presentación de instancias de participación en la convocatoria.

Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Barañáin (Oficina de Atención Ciudadana), Plaza Consistorial s/n, 31010 (Barañáin), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro del Ayuntamiento de Barañáin. En ella los/las aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para concurrir a esta oposición, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Las instancias deberán ajustarse al modelo indicado en el Anexo 1 de la convocatoria, y en ellas los y las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en el Registro General del Ayuntamiento de Barañáin (Oficina de Atención Ciudadana), pudiendo también obtenerse a través de Internet, en la dirección www.baranain.es o bien desde el Boletín Oficial de Navarra (instancia del anexo 1), con motivo de la publicación de la convocatoria.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.2. Otra documentación a aportar junto con la instancia por los y las aspirantes:

Uno.–Certificación médica oficial de que el aspirante está capacitado para la realización de las pruebas físicas que figuran en el Anexo III.

Dos.–Justificante de haber abonado la cantidad de 9,70 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por el sistema siguiente:

–Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a las cuentas del Ayuntamiento de Barañáin en las siguientes entidades financieras: La Caixa (ES84 2100 5181 1422 0006 4922) o Caja Rural (ES19 3008 0070 8507 0277 0629), o en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Barañáin en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

• Nombre y apellidos del aspirante.

• DNI / NIF.

• Concepto: “Oposición policía municipal Barañáin 2021”.

Tres.–Fotocopia del anverso y reverso del documento nacional de identidad.

Cuatro.–Fotocopia del título académico exigido en la convocatoria.

Cinco.–Los y las aspirantes al turno de promoción deberán presentar certificación del nivel y puesto de trabajo desde el que desean promocionar y antigüedad en el mismo, expedida por el órgano que tenga atribuida dicha función de la Administración a la que pertenezcan.

4.3. El incumplimiento de lo previsto en los apartados 4.1 y 4.2 determinará la exclusión del aspirante.

4.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

5.–Listas provisionales de admitidos y admitidas, reclamaciones y listas definitivas.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución de alcaldía en la que se aprobarán las listas provisionales de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento y la página web municipal. Se confeccionarán dos listas correspondientes a los siguientes aspirantes:

De interés general